

No es suficiente con acreditar la entrega del bien en la dirección facilitada por el consumidor.
El proveedor debe comprobar que se entregó el producto de manera efectiva al consumidor. En otras palabras, debe asegurarse de que la persona que recibe el bien está habilitada para ello y que la dirección de entrega sea la acordada por contrato. A este respecto, la Superintendencia de Industria y Comercio señaló que no es