Aspectos claves de la desconexión Laboral LEY 2192 DE 2022

Aspectos claves de la desconexión Laboral LEY 2192 DE 2022

Esta ley fue pensada con la finalidad de mantener la estabilidad emocional y bajar los índices de estrés del trabajador, los cuales se vieron gravemente afectados debido a los cambios derivados de la pandemia por Covid-19, así como la digitalización de las labores y la hiperconectividad laboral que ha exigido dicho cambio, lo que no ha permitido dilucidar de forma clara el horario laboral de los espacios personales, familiares, de descanso y vacaciones.
Diferentes estudios realizados por la OIT, ONG´s y universidades, han señalado los impactos no solo en la calidad de vida de las personas que se encuentran en situaciones de hiperconectividad, sino, en los impactos negativos que esto tiene en las empresas, puesto que el cansancio es una causa que reduce significativamente la productividad del trabajador, así como su capacidad analítica y resolutiva e incluso repercute en el porcentaje de ausentismo laboral y en el desarrollo de enfermedades catalogadas laborales como la fatiga tecnológica, el burnout, entre otras. Aunado a lo anterior, la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia – Sala laboral, han desarrollado un lineamiento jurisprudencial sobre las implicaciones de la ejecución de funciones, tareas o actividades por fuera del horario laboral establecido, así como las implicaciones económicas de la disponibilidad del trabajador.
Ahora bien, conforme la Ley 2191 de 2022, se tiene que la desconexión laboral es el derecho de todos los trabajadores y servidores públicos, a no ser contactados por ningún medio sea tecnológico o no, para cuestiones relacionadas con su actividad laboral, fuera de la jornada de trabajo. En consecuencia, el empleador deberá abstenerse de formular ordenes o requerimientos por fuera de la jornada laboral, sus vacaciones o descansos.
No obstante, este derecho corresponderá a la naturaleza del cargo.
Por lo cual el empleador, deberá garantizar el disfrute efectivo de licencias, permisos, descansos, vacaciones y horario no laboral, mediante la implementación de una política de desconexión laboral que hará parte integral del Reglamento Interno y en la cual se definirá:
a) La forma cómo se garantizará y ejercerá tal derecho, incluyendo lineamientos frente al uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
b) Un procedimiento que determine los mecanismos y medios para que los trabajadores puedan presentar quejas frente a la vulneración del derecho, a nombre propio o de manera anónima.
c) Un procedimiento interno para el trámite de quejas que garantice el debido proceso e incluya mecanismo de solución de conflicto y verificación del cumplimiento de los acuerdos alcanzados y de la cesión de la conducta.
En consecuencia, el trabajador podrá poner en conocimiento tanto de la empresa como de Inspector de trabajo o la Procuraduría General De La Nación, situaciones que el crea están vulnerando su derecho a la desconexión laboral, aportando prueba sumaria que soporten y detallen los hechos objeto de denuncia.
De igual manera, la ley 2191 de 2022 estableció excepciones a la desconexión laboral que, van de la mano con el cargo desempeñado por el trabajador: a) los trabajadores y servidores públicos que desempeñen cargos de dirección, manejo y confianza.
b) Aquellos que por la naturaleza de la actividad o función que desempeñan deban tener una disponibilidad permanente, entre ellos la fuerza pública y organismos de socorro.
c) Situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, en los casos que se requiera cumplir deberes extra de colaboración con la empresa o institución, cuando sean necesarios para la tenuidad del servicio o para solucionar situaciones difíciles o de urgencia en la operación de la empresa o la institución, siempre que se justifique la inexistencia de otra alternativa viable.
En este sentido y en los casos en los cuales se le solicite al trabajador desempeñar labores o hacer actividades en horario no laboral, el tiempo que este demore en ejecutar la acción, se reconocerá como hora extra o trabajo complementario, en los porcentajes y montos establecidos en el CST, no obstante, se aclara que la finalidad de la ley es que no exista trabajo o requerimientos por fuera de la jornada laboral.
La presente ley, tiene una particularidad puesto que, amplía las acciones que son consideradas como acoso laboral estipuladas en la Ley 1010 de 2006, considerando la inobservancia de la desconexión de manera persistente y demostrable, una conducta de acoso laboral.
De igual manera, se considera ineficaz todas las cláusulas o acuerdos que vayan en contra del objeto de la presente ley, la cual aplica para trabajadores privados como para servidores públicos.

Elaborado por: Nathaly muñoz. Abogada consultora.

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