5 puntos claves para crear tu propia sociedad.

5 puntos claves para crear tu propia sociedad.

Realizar la constitución de tu propia sociedad en el territorio nacional es sumamente importante para el crecimiento de tu emprendimiento, toda vez que la misma otorgará diversas ventajas, tanto operativas, financieras y reconocimiento en el mercado.

En ese sentido, podrá realizarse la constitución, incorporación y formalización de la sociedad teniendo presente las siguientes cinco claves fundamentales:

  •  El primer paso para generar la constitución de una sociedad es determinar qué tipo de sociedad se pretende constituir. Por lo tanto, se sugiere evaluar las diversas posibilidades que se otorgan, teniendo presente los beneficios, desventajas, obligaciones y responsabilidades que acarrea cada tipo de sociedad.

Actualmente en Colombia, la mayoría de sociedades constituidas se realizan mediante Sociedad Anónima o Sociedad por Acciones Simplificadas, siendo esta última las más idónea y recomendable, ya que a diferencia de los otros tipos societarios, esta presenta facilidades para su constitución y mayores beneficios para sus accionistas.

  • Una vez identificado el tipo societario que se va a constituir, se debe de proceder a crear la denominación de la misma. Por lo tanto, se debe de verificar la disponibilidad del nombre, a través de la página del Registro Único Empresarial, con el fin de que la denominación que se pretende no coincida con alguna sociedad ya constituida.

Adicionalmente, sobre este punto, es relevante traer a colación que el nombre de la sociedad podrá ser registrado como signo distintivo (marca) de acuerdo al producto o servicio que se pretenda ofrecer, convirtiéndose en activo intangible para la compañía. Sin embargo, la denominación de la sociedad no siempre corresponde a la marca de la compañía. 

  • Se debe establecer la cantidad de accionistas o socios que conformarán la sociedad, indicando la cantidad de acciones que corresponde a cada uno y el valor nominal de las acciones; igualmente se deberá de indicar el capital con el que inicia la sociedad, determinando el capital suscrito (corresponde al capital que se comprometen a pagar), capital autorizado (siendo el monto máximo que se puede suscribir y pagar en la sociedad) y capital pagado (es aquel que efectivamente se paga al momento de su constitución).
  • Posterior a fijar la información mencionada hasta el momento, se implementa el desarrollo de los estatutos de la sociedad, siendo el documento privado idóneo para regular, controlar y conocer la sociedad desde el ámbito jurídico.

Los estatutos de la sociedad nos indicarán la información relevante para la toma de decisiones futuras de la sociedad, como lo es los nombres pertenecientes a los accionistas o socios, sus aportes, nombre del representante legal, miembros de la junta directiva o administrativa si hubiere lugar, conocer el objeto social de la sociedad, alcance y responsabilidades, y demás parámetros para la toma de decisiones.

  • Como última clave que se debe tener presente al momento de la constitución, es asesorar su constitución y trámite legal de la mano de un experto que pueda brindar asesoría, acompañamiento y representación durante el proceso.

Finalmente, teniendo presente los aspectos relevantes para la constitución de la sociedad, se procede a formalizar la sociedad a través de escritura pública o documento privado dependiendo de la estructura societaria, y demás formalidades y procedimientos que se deben implementar para su legalización.

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